Accidentes de motos, bicicletas y Monopatines - Apps de Delivery (Glovo, Rappi, etc.)

Circulación en Motos, bicicletas  y Monopatines eléctricos 

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La circulación en motos, bicicletas y (más recientemente) monopatines (especialmente los eléctricos) es sumamente riesgosa, particularmente por la escasa protección que brinda este tipo de rodados frente a los riesgos del tránsito en general. 
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Cómo actuar frente a un accidente en Moto, Bicicleta o Monopatín

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El ciclista o motociclista (al igual que el conductor de un monopatín), así como cualquier eventual acompañante deben tomar las precauciones médicas indicadas. 
Y siempre que pueda, procure obtener datos de testigos y fotos (por ej. a veces se disputa si se llevaba puesto el casco, lo que se puede ilustrar con una foto en el lugar del hecho).
 

Derecho a una indemnización en caso de accidente en Moto, Bicicleta o Monopatín

En caso de sufrir un accidente con su motocicleta o bicicleta, ya sea por culpa de un tercero o compartida, usted tiene el derecho de realizar el reclamo de una indemnización justa, a fin de resarcir los daños materiales, físicos y morales que pudiese haber padecido.

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Bicisendas  o Ciclovías

Una particularidad de los accidentes en bicicleta, en la actualidad, es el tránsito por las llamadas "bicisendas" o "ciclovías"; incluso, muchos accidentes ocurren a bordo de bicicletas ajenas. provistas gratuitamente por el sistema ECOBICI de la Ciudad de Buenos Aires. No son pocos los casos en que esta circulación deriva en accidentes, que a veces son producto de una confusa señalización (ej. en una calle de mano única de tránsito vehicular, se coloca una bicisenda doble mano, lo que no pocas veces confunde a quien circula en auto o similar). 

Atencíón médica. Resguarde las constancias para el futuro reclamo de daños.

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En este tipo de siniestros, es fundamental que tanto usted como su acompañante, según el caso, busquen atención médica inmediatamente después del accidente, aunque no sientan que hubo heridas. Algunas lesiones no se hacen visibles hasta días o semanas después del accidente. Mientras más tiempo transcurra entre la fecha del accidente y la fecha de su primera visita al médico, más disputará compañía de seguros su reclamo por lesiones.

Haga su reclamo y obtenga su indemnización

Asesórese con especialistas, ya que puede hacer su reclamo y cobrar la indemnización aunque sea menor de edad, no tenga registro ni seguro.

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Accidentes de tránsito, daños, abogados especialistas en accidentes, indemnización, bicisenda, bicicletaAl comunicarse con nuestro Estudio nuestros especialistas lo asesorarán sin compromiso y le determinarán la posible indemnización a reclamar.  Asesorarse con especialistas hace al mejor resultado de su reclamo.
 

Normas de tránsito relativas a Motos, Bicicletas y Monopatines / scooters - Bicisendas y Ciclovías

(1) Circulación en BICICLETAS

Buenos Aires es una ciudad maravillosa para usar la bici. Hay mucho para descubrir y para disfrutar en dos ruedas. En todos los espacios y caminos se deben cumplir las medidas de seguridad y usar casco. Bicisendas y ciclovías son las mejores opciones para circular. En las calles, carriles preferenciales o avenidas, el ciclista urbano debe agudizar sus sentidos, ser muy responsable y manejarse con la mayor cantidad de recaudos. A continuación Segurarse te trae consejos de seguridad para circular.

Consejos de Seguridad para el ciclista. Es importante que los ciclistas siempre respeten las siguientes normas:

Siempre circula por la calle y en el sentido del tránsito, nunca de contramano. en el caso que halla bicisenda para ciclistas, circular por ella, no por la calzada.

  • Circular sobre la derecha
  • Avisa antes de moverte o detenerte, has señales para maniobrar: al girar a la izquierda, a la derecha y para frenar.
  • A la hora de circular debes hacerlo predeciblemente, sigue las mismas trayectorias que los vehículos a motor y sin zigzaguear.
  • Como ciclista debes respetar las señales de tránsito (semáforos, señales y carriles)
  • Debes hacerte ver, usando ropas claras y materiales reflectantes (chaleco o cintas para el cuerpo y placas para las ruedas, ojos de gato, pedales y manubrio de la bici). Llevar las luces reglamentaria: blanca adelante y roja atrás.
  • No beber alcohol si se va a conducir.
  • Intenta no llevar acompañantes o cargas pesadas y/o voluminosas.
  • Evitar zigzaguear o hacer piruetas que puedan desestabilizar.
  • Como ciclista debes seguir las reglas de tránsito como cualquier otro vehículo.
  • Usar casco tiene que ser un habito, incluso en los viajes más cortos. Reduce en un 85 por ciento el peligro de traumatismos en el cráneo.
  • Debes circular por los carriles marcados, no des vuelta a la izquierda desde el carril derecho.  Toma tu carril oportunamente.
  • Mirar hacia atrás,  puedes usar espejos 0 aprender a ver sobre tu hombro sin mover el manubrio o perder el equilibrio.
  • Toma las calles e intersecciones con precaución.
  • Antes de salir a circular revisa el tráfico que pudiera existir.
  • No manejes sobre la banquina.
  • Las zonas peatonales no son para circular en bicicleta. por lo tanto los ciclistas no deben hacer uso de las zonas peatonales (sólo los policías y los carteros pueden hacerlo).
  • Maneja defensivamente,  anticipa tus movimientos dentro del tráfico así estarás mas seguro.
  • No tomarse de otro vehículo para circular.
  • Tienes que estar atento al estado del pavimento para poder evitar agujeros, depresiones, manchas de aceite, líneas pintadas, etc. De no poder evitarlos se los debe atravesar en línea recta para evitar desestabilizarse, también las vías férreas.
  • Cuando hay pavimento húmedo, Disminuye la velocidad y adecua el uso de los frenos
  • Mantener adecuada distancia de los demás vehículos circulantes y estacionados.
  • Mirar el interior de los vehículos estacionados para evitar tener problemas con puertas que se abren o arranques sin aviso.
  • Respetar todas las señales y normas de tránsito (especialmente, no olvidar la detención ante el semáforo en rojo y el respeto a la prioridad peatonal).
  • Mantener la bicicleta en buenas condiciones.

Otros puntos para tener en cuenta para circular por Buenos Aires.

  • Elegir calles con poco tráfico. Evitar calles de mucho tráfico y con el paso de colectivos o camiones.
  • No ir detrás de vehículos grandes (colectivos o camiones) que entorpezcan la visibilidad de pozos o que puedan provocar accidentes a partir de frenadas repentinas que no permitan esquivarlo.
  • No usar la bici con auriculares: El ciclista queda aislado del entorno, y no percibe el ruido del tráfico que puede anticipar una situación de peligro
  • No soltar nunca el manillar: Cualquier imprevisto o la irregularidad de la capa asfáltica te pueden producir una caída.
  • No distraerse: La mayoría de los accidentes se producen por distracciones y que no dan tiempo para maniobrar. El accidente más común es el de «apertura sorpresiva de puertas» de algún auto estacionado.
  • Utilizar silbato: es muy efectivo para llamar la atención de los automovilistas.

(2) Circulación en MOTOS

Es obligatorio que tengas encima el DNI, la licencia de conducir vigente y correspondiente al tipo de cilindrada, la cédula de identificación de la moto, el comprobante de seguro vigente y el certificado de revisión técnica vehicular (VTV).

Además, hayque oobservar las siguientes normas:

  • Quien la conduce, por estar en mayor indefensión que los automovilistas, debe, además de usar el casco, el chaleco reflectivo.  En caso de transitar con acompañante, el mismo también debe poseer casco normalizado correctamente colocado y lucir chaleco reflectante amarillo con la identificación del dominio en el frente y al dorso.

El uso del “casco protector” disminuye la velocidad de transmisión de energía de un impacto en la cabeza. Distribuye la fuerza impactante y absorbe la energía que se transmite a la cabeza. Actúa como capa exterior protectora contra la penetración de objetos agudos y contra abrasión.

 
  • Encender a toda hora la luz delantera, con el fin de hacerse más visible y así evitar accidentes. Llevarán un farol de luz blanca que tenga un alcance de 100 metros, y en la parte posterior se deberá llevar una luz roja imprescindiblemente.
  • Deberá tener en cuenta que necesita dominar el vehículo y conducir en posición correcta. Debe mantener la estabilidad, sujetando con firmeza las empuñaduras del manubrio, apretando ligeramente el tanque de combustible con las rodillas, afirmando los pies sobre los estribos
  • Al iniciar la marcha, hay que cerciorarse de que los espejos estén bien cuadrados (que permitan amplia visión hacia ambos lados), de que se está en posición cómoda para conducir y siempre utilizar las direccionales, incluso para cuando en caso de adelantamiento a otro vehículo se va a cambiar de carril.
  • Por el contrario, si va a ser adelantado por otro, arrímese a la derecha del carril. Jamás avance en zigzag, manténgase en el carril de la derecha a una distancia no mayor de un metro de la línea de borde, ni conduzca con una sola mano. Está prohibido a los motociclistas circular entre medio de los vehículos tratando de adelantarlos, todas las motocicletas deben circular detrás de los vehículos, dentro del carril respectivo y adelantar observando las normas respectivas.
  • Cuando siga a un automóvil, déjese ver de él: ubíquese de manera que a través de los espejos el otro lo vea. Está completamente prohibido a los motociclistas circular muy cerca del vehículo que va delante, debiendo guardar las distancias de seguridad recomendable.
  • Por ser muy resbalosas, evite transitar sobre las líneas separadoras de carril.
  • Recuerde que las motocicletas no son vehículos de carga y su capacidad de llevar paquetes es muy limitada. Si hay sobrepeso, la distancia de frenado se aumentará.
  • Los motociclistas no llevarán personas ni cargas mayores a la capacidad de la motocicleta. En caso de contar un asiento para pasajero debe estar equipada con agarraderas permanentes y contar con los pedales respectivos para asentar los pies. En las motocicletas solo pueden viajar dos personas.
  • Para detenerse, utilice coordinadamente los frenos delantero y trasero.
  • El motociclista deberá observar: el combustible, el aceite del motor, los neumáticos y sistema de frenado, el largo de la cadena, luces y bocina en buenas condiciones, espejos retrovisores adecuados, piezas de sujeción del manubrio, estribos y soporte lateral en perfectas condiciones.

(3) Circulación en MONOPATIN / Scooter

El Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad fue reformado recientemente para regular el tránsito en monopatín. 
 
La modificación define a los dispositivo de movilidad personal como "vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos" que solo pueden "estar equipados con un asiento si están dotados de sistema de autobalance" excluyendo da los vehículos "sin sistema de auto-balanceo y con asiento, los concebidos para competición y para personas con movilidad reducida".
 
La bicicleta eléctrica ya estaba regulada en CABA. Tienen velocidad limitada y algunos requisitos básicos comunes, como ser frenos, luces, etc.
 
Ahora bien, en forma reciente, una ley porteña regula el monopatín eléctrico.  En cuanto a las arterias donde se podrá circular, son estas:
 
● En los tramos con ciclovía o bicisendas deberán circular exclusivamente por ahí.
 
● Podrán circular sobre la calzada, exceptuando avenidas.
 
● Estará prohibida la circulación por las aceras/veredas.
 
Es decir, se habilita su desplazamiento por bicisendas, ciclovías y ciclocarriles, aunque también por calles.
 
Para desplazarse en monopatín eléctrico por la ciudad hay que cumplir estos requisitios:  deben tener un sistema de frenos que actúe sobre sus ruedas; una base de apoyo para los pies; timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano; elementos reflectantes para una adecuada visibilidad; disponer al menos de una luz delantera y una luz trasera.
 
Además:
 
● Deberán trasladar sólo a un conductor.
● Contar con motor eléctrico cuya potencia máxima sea de quinientos (500) Watts.
● Alcanzar una velocidad máxima de 25 km/h.
● Usar casco en forma obligatoria.
● Contar con luz delantera y trasera para su visibilidad en condiciones de poca iluminación.
● Llevar sistema de frenos obligatorio que actúe sobre sus ruedas.
● Poseer timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano.
● Una base de apoyo para los pies.
● Elementos reflectantes que permitan una adecuada visibilidad.
● En el caso de las baterías que se utilicen para los dispositivos de movilidad personal, se debe garantizar la seguridad y compatibilidad de la combinación batería/cargador.
● La edad mínima para conducir dispositivos de movilidad personal es de dieciséis (16) años.
 
Para quien no respete lo anterior, también se agregó una norma al código de faltas:
 
“el/la conductor/a de un ciclorodado o de un dispositivo de movilidad personal que circule asido/a a otro vehículo o apareado/a inmediatamente detrás de otro, o cuando no use casco protector, o el ciclorodado o dispositivo de movilidad personal no cuente con luces o elementos luminiscentes, o transporte a otra/s persona/s cuando su diseño no sea apto para ello, o no respete la señalización vial, o circule por lugares no autorizados, es sancionado/a con multa de setenta (70) unidades fijas (UF)”, es decir, deberá pagar una multa de $ 1.500-.
La bicicleta eléctrica ya estaba regulada en CABA. Tienen velocidad limitada y algunos requisitos básicos comunes, como ser frenos, luces, etc. Ahora bien, en forma reciente, una ley porteña regula el monopatín eléctrico.  En cuanto a las arterias donde se podrá circular, son estas:
 
● En los tramos con ciclovía o bicisendas deberán circular exclusivamente por ahí.
 
● Podrán circular sobre la calzada, exceptuando avenidas.
 
● Estará prohibida la circulación por las aceras/veredas.
 
Es decir, se habilita su desplazamiento por bicisendas, ciclovías y ciclocarriles, aunque también por calles.
 
Para desplazarse en monopatín eléctrico por la ciudad hay que cumplir estos requisitios:  deben tener un sistema de frenos que actúe sobre sus ruedas; una base de apoyo para los pies; timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano; elementos reflectantes para una adecuada visibilidad; disponer al menos de una luz delantera y una luz trasera.
 
Además:
 
● Deberán trasladar sólo a un conductor.
● Contar con motor eléctrico cuya potencia máxima sea de quinientos (500) Watts.
● Alcanzar una velocidad máxima de 25 km/h.
Usar casco en forma obligatoria.
● Contar con luz delantera y trasera para su visibilidad en condiciones de poca iluminación.
● Llevar sistema de frenos obligatorio que actúe sobre sus ruedas.
● Poseer timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano.
● Una base de apoyo para los pies.
● Elementos reflectantes que permitan una adecuada visibilidad.
● En el caso de las baterías que se utilicen para los dispositivos de movilidad personal, se debe garantizar la seguridad y compatibilidad de la combinación batería/cargador.
● La edad mínima para conducir dispositivos de movilidad personal es de dieciséis (16) años.
 

Para quien no respete lo anterior, también se agregó una norma al código de faltas:

“el/la conductor/a de un ciclorodado o de un dispositivo de movilidad personal que circule asido/a a otro vehículo o apareado/a inmediatamente detrás de otro, o cuando no use casco protector, o el ciclorodado o dispositivo de movilidad personal no cuente con luces o elementos luminiscentes, o transporte a otra/s persona/s cuando su diseño no sea apto para ello, o no respete la señalización vial, o circule por lugares no autorizados, es sancionado/a con multa de setenta (70) unidades fijas (UF)”, es decir, deberá pagar una multa de $ 1.500-.

La responsabilidad de la empresa de scooter / Monopatín

Según sus términos y condiciones, la empresa no suele hacerse responsable de nada que le ocurra al usuario y pone sobre este el peso de cumplir la ley, usar casco y demás.

Sin embargo, si un accidente o choque se produce por un vicio o defecto del monopatín, la empresa igual será responsable y deberá indemnizar a quien se lastime.

Por otro lado, frente a terceros, es una cosa riesgosa. Por ende hay responsabilidad objetiva de la empresa si algún usuario lastima o daña a un peatón usando estos monopatines. Esto más allá del seguro que pueda haber, claro.

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